Salud y seguridad ocupacional, un punto de preocupación empresarial

La vigencia del Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional, que obliga a la contratación de un profesional de la salud para pequeñas y medianas empresas, preocupa porque podría poner en riesgo las finanzas.

La vigencia del acuerdo gubernativo 33-2016, Reformas al Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional, tienen en vilo a una parte del sector empresarial, principalmente a aquellos considerados pequeños y medianos. La razón, la vigencia de una obligación que consideran podría generar inestabilidad financiera en sus negocios, pues significa aumentar los costos.

Esta preocupación los ha alentado a conformar un grupo que se prepara para presentar una propuesta de reforma al reglamento, que les permita optar a opciones más viables a las posibilidades financieras, para cumplir con la garantía de ofrecer seguridad en salud ocupacional a los colaboradores.

Empresarios consideran que sus finanzas no dan para agregar a sus planillas la plaza de un profesional de la salud, cuyos servicios no serán requeridos con mucha frecuencia.

La idea no es evadir las obligaciones que impone la normativa, pues dicen estar conscientes de que es un estamento jurídico que vela por el bien de los empleados. Pero sí buscan que los costos no se incrementen de una forma tan elevada, como para que se ponga en riesgo su balance financiero.

Lo que dice la ley

Con las reformas al reglamento, vigentes desde el 13 de febrero de 2016, las empresas, dependiendo de su tamaño, deberán contratar a personal fijo y profesional en el área de la salud para atender emergencias en sus establecimientos.

Las pequeñas empresas, por ejemplo, deben contar con un auxiliar de enfermería, por jornada de trabajo, debidamente capacitado en prevención de riesgos laborales. Una mediana empresa, mientras tanto, debe contar con una enfermera o enfermero profesional, por jornada de trabajo, también capacitado en prevención de riesgos laborales. Y esta parte, contenida en el artículo 124 de las reformas al reglamento, que modifica el artículo 302, es la que se ha convertido en la manzana de la discordia.

El asunto es que algunos empresarios consideran que sus finanzas no dan como para agregar a sus planillas la plaza de un profesional, cuyos servicios, de alguna manera, no serán requeridos con mucha frecuencia.

Dicen, por ejemplo, que una enfermera en una pequeña o mediana empresa pasaría la mayor parte del tiempo sin ocupación, pues el tipo de complicaciones que se presentan en estos sitios no son de alto riesgo y más bien requieren de atenciones mínimas. Dolores de cabeza, dolores estomacales, gripes, resfriados y heridas leves no solo no son comunes sino que se registran con amplios espacios de tiempo entre cada caso.

Mario López Salguero, director ejecutivo de la AGG.

Los primeros reparos a estas reformas han surgido entre socios de la Asociación de Gerentes de Guatemala (AGG), cuenta Mario López, su director ejecutivo. López comenta que, se enteraron de estas diferencias de criterio porque dentro de sus programas de apoyo y capacitación, la AGG cuenta con temas sobre seguridad industrial. De hecho, enfatiza que la AGG es una de las pocas empresas certificadas para poder dar seguridad industrial y lo hacen con capacitadores autorizados por el Ministerio de Trabajo.

López pone de ejemplo el caso de una empresa de servicios tecnológicos. Aquí, dice, se habla de una compañía pequeña, cuyo número de colaboradores no sobrepasará ni los 50. “Entonces, ¿qué hará una enfermera todo el día en un lugar de estos? Se pregunta y se auto responde diciendo: ¡Nada!

En tales condiciones, esa contratación solo incrementaría los costos de funcionamiento de esa pequeña empresa, pues la productividad de la contratación no sería la ideal. Y el problema es que, si se incumple alguna de las disposiciones, las multas impuestas pueden variar entre los Q500 y los Q5 mil.

Pero, un segundo problema, a decir de Mario López, es que según su análisis, en el país no existe la cantidad de enfermeras graduadas y disponibles para poder cumplir con este mandato legal. Según él, la razón es que la enfermería no es una carrera que sea muy demandada en Guatemala y de allí que la producción de este tipo de profesionales no sea la ideal para cumplir al detalle con el nuevo mandato legal.

Y si existieran la oferta requerida, los salarios para este tipo de profesionales, dice López, andarían entre los 7 mil y 8 mil quetzales, lo que, en muchísimos casos, significaría un salario mayor al que ganan los gerentes generales de estas pequeñas o medianas empresas.

La propuesta Los empresarios no pretenden evadir la ley. En realidad comparten la idea sobre lo importante que es para todos velar por la salud ocupacional. Por ello es que, precisamente, han comenzado a preparar una propuesta que, al tan solo tenerla pulida, presentarán ante las autoridades del Ministerio de Trabajo (Mintrab) para que sea discutida.

Mario López asegura que piensan en la posibilidad de abrir las opciones, para que cuando se hable en el reglamento de contar con una enfermera, se especifique que puede ser una profesional de la salud o una persona debidamente certificada en primeros auxilios. Es decir que esta posibilidad se extendería desde las micro empresas, donde ya existe, hasta las pequeñas y medianas empresas.

López dice que la fortaleza que tendrían las compañías es que ante cualquier emergencia, por lo menos tengan lo básico o a una persona que sabría qué hacer. Y esa certificación podrían extenderla no sólo el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), como ya sucede, sino que también los cuerpos de bomberos y la Cruz Roja. Esta enmienda permitiría no solo que las empresas cuenten con más personal capacitado, sino que también ingresos extraordinarios para estos cuerpos de socorro que bastante lo necesitan.

“Hablamos de un modelo que le facilite auto sostenibilidad a los cuerpos de socorro, que podrían capacitar no a una persona por empresa sino a varias. Así las compañías contarían con más personas en condiciones de atender emergencias sino que también los colaboradores adquirirían el plus de ser miembros de una brigada de primeros auxilios que lo haga atractivo en otros puestos u otras empresas”, indica López.

Para poder certificar a una persona, se requiere de cursos en primeros auxilios básicos de entre 8 y 10 horas. Así, cada empresa necesitaría de dos días máximos para capacitar a una persona.

“Lo que se busca es cumplir la ley. Por eso la propuesta de reformar el reglamento. Y eso es precisamente lo que hacemos en la AGG, promover el cumplimiento de la ley. Si existen leyes cuyo cumplimiento no está acorde a la realidad, entonces lo que se promovería estaría en el marco de la violación a la reglas y esa no es nuestra filosofía”, argumenta el gerente general de la AGG.

De momento, entonces, los empresarios se asesoran legalmente para determinar cuál es la ruta más corta para hacer
realidad su propuesta de reforma. Están conscientes de que la agenda del tercer año de todo gobierno se complica, pero creen que es posible llegar a acuerdos de beneficio común.

Capacitar a un colaborador es atender una emergencia de inmediato, no quitarle el trabajo a un médico que es la persona especializada para tratar la salud de las personas. Un trabajador que sabe atender primeros auxilios de manera básica, facilitará el mantenimiento de un paciente, mientras se recurre a un especialista, así es como se piensa que debe funcionar el mandato del reglamento y de allí que promueve esta reforma. El resto del reglamento quedaría intacto, pues todo es considerado como un conjunto de normas importantes para preservar la salud de los colaboradores.

La voz de la autoridad

Gabriel Aguilera, viceministro de Previsión Social y Empleo, del Mintrab.

Según Gabriel Aguilera, viceministro de Previsión Social y Empleo del Mintrab, antes de entrar a evaluar la necesidad de reformar o no el reglamento, es importante definir qué se considera una pe
queña o una mediana empresa. Para ello, dice, es menester revisar el artículo 3 del Acuerdo Gubernativo 253-94, por medio del cual se crea el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

En tales términos, el viceministro asegura que la obligación de contratar a una enfermera o enfermero profesional solo afecta a las medianas empresas, pues son las que se clasifican dentro del rango de más de 100 colaboradores.

Sin embargo, el funcionario considera que las empresas deben ver una contratación como esta con una visión más integral. Efectivamente, dice, “la contratación de más personal, a primera vista, pareciera ser un gasto o una carga financiera más para el lugar de trabajo. Sin embargo, es importante que los empresarios lo consideren como una inversión con retorno a corto, mediano y largo plazo”.

El viceministro Aguilera explica que los profesionales que se contraten no solo deben tener la función de estar allí en un lugar esperando una emergencia.

La obligación de contratar a una enfermera o enfermero profesional afecta mayormente a las medianas empresa.

En realidad, según el reglamento, serían responsables de elaborar un plan de salud y seguridad ocupacional, que permita eliminar o al menos minimizar todos los riegos a los cuales el trabajador está expuesto y que los mismos pueden causarles accidentes laborales y/o enfermedades profesionales.

Se trata de profesionales que deben ejecutar evaluaciones completas de los sitios de trabajo para determinar las condiciones de cada compañía y los riesgos a los que cada trabajador está expuesto según sus tareas.

Aguilera hace hincapié en que todas estas acciones se verían reflejadas en la calidad de vida de cada trabajador y, por consiguiente, también en la de cada familia de estos. Los empleadores, agrega, se verán beneficiados por una reducción del ausentismo laboral causado por los accidentes laborales y enfermedades que, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), generan faltas de entre 8 y 10 días laborales al año, por cada trabajador. Eso, sin lugar a dudas, asegura Aguilera, compensa la inversión en salud a que el reglamento obliga en cada lugar de trabajo.

De acuerdo con el funcionario del Mintrab, propuestas como la que evalúan los empresarios ya han sido recibidas en el ministerio, no sólo por empresarios sino también por profesionales independientes y por organizaciones de respuesta de primeros auxilios. De allí que en la actualidad estas posibilidades sean eva
luadas por el Consejo Nacional de Salud y Seguridad Ocupacional (Conasso), que termina siendo el ente rector de este tema en el país, según la ley.

Pero en este tema, insiste Aguilera, es importante tomar en cuenta que la salud y la seguridad ocupacional no se reducen simplemente a la seguridad industrial. El tema es mucho más externo y complejo, dice. Contar con una brigada de primeros auxilios no responde ni resuelve el tema de evaluación de riesgos, prevención de accidentes laborales y de enfermedades profesionales.

El funcionario asegura que el Conasso ya trabaja en la evaluación de nuevas reformas y que revisan el artículo 302, que básicamente genera la preocupación empresarial. Entonces, ve con buenos ojos que cualquier persona particular o grupo organizado empresarial se acerque al Consejo de forma proactiva y plantee propuestas que busquen enriquecer y fortalecer la normativa.

Lo importante, al final de cuentas, es generar una cultura en el tema de salud y seguridad ocupacional, sostiene el funcionario.

Lo previsible, entonces, es que 2018 sea un año de cambios en el Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional, en beneficio de los empleados, que son el grupo que busca beneficiarse a través de acciones preventivas y curativas. En que condiciones se generarán las reformas es lo que de momento es impredecible, pues todo dependerá de los acercamientos que existan, las propuestas que se presenten y las evaluaciones que el Conasso haga sobre cada caso o planteamiento.

Lo cierto es que mientras el trabajador salga más protegido, todos saldrán ganando y de eso están convencidos los empresarios que plantean sus preocupaciones y están dispuestos a discutir con las autoridades las modificaciones que, según ellos, son necesarias para no poner en riesgo financiero a las entidades que dirigen.

Carlos Morales Monzón Periodista y Profesor Universitario cmoralesmonzon@yahoo.com

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