Nebuloso panorama en las reglas del juego

La rapidez en la leyes fiscales se ha interpuesto sobre la razón

El Decreto 1-2013 , Ley de Regularización Tributaria, establece la reducción del impuesto Sobre Circulación de Vehículos en un 50 por ciento.

El desarrollo de las actividades productivas del país no marcha como debiera. Puesto que las leyes fiscales, que regular las reglas del juego, no son claras, y conforme avanza el año panorama es más complicado.

Los tres decretos fiscales que se han emitido en el gobierno de Otto Pérez Molina son; la Ley Antievasión II, contenida en el Decreto 4-2012; la Ley de Actualización Tributaria, Decreto 10-2012 y, la más reciente, el Decreto 1-2013, la Ley de Regularización Tributaria. Por aparte, en estos días ingresó al Congreso de la República el proyecto Iniciativa 4701, que plantea reformas a las dos primeras, porque agrega acciones de inconstitucionalidad.

La falta de claridad en las leyes no permite una aplicación correcta, y esto podría generar pérdida para las empresas. Porque, cuando la autoridad fiscalice en 2014 la operación de este año, muy probablemente detectará inconsistencias involuntarias por las ambigüedades, que podrían causar multas y sanciones para los contribuyentes.

El problema medular no es el aumento de las tarifas, aunque sí preocupa, sino la discrecionalidad con que el ente fiscalizador interprete y aplique la leyes. Recordemos que, la rapidez imperó en la aprobación de las leyes más que el análisis del impacto que generarían o la capacidad de pago de la población. Por ejemplo, en el caso de Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV), que recetó aumentos del cien por ciento y hasta de más, la decisión repercutió en que los contribuyentes no acudieran a pagar.

Para cumplir con la recaudación, el gobierno tuvo que reconocer que la decisión era errónea y presentar una iniciativa de ley con el objeto de reducir el impuesto en un 50 por ciento, lo que se aprobó con el Decreto 1-2013, Ley de Regularización Tributaria. Fue hasta ese momento cuando los propietarios de vehículos comenzaron a pagar el referido gravamen. Como ya es costumbre, este decreto se emitió con una deficiencia muy marcada, que desde ya avizora la paralización del impuesto para 2014.

La reducción al 50 por ciento del ISCV se planteó como una medida reactiva; es decir, para este momento en particular. Así lo expresaba el artículo 5 del Anteproyecto de Ley, que guardaba estricta congruencia con el artículo 6. Allí se expresaba que la rectificación aplicaría solamente este año. Sin embargo, los legisladores sustituyeron la redacción del artículo 5, de forma tal que ahora se interpreta que la rebaja será permanente. Medida que considero política, para quedar bien con la población. Entonces, quienes pagaron el impuesto 2013 con la rebaja, automáticamente lo harán de esta forma el próximo año.

Quienes Pagaron el Impuesto Sobre Circulación vehículos antes de la Reducción al 50 por ciento corre, corren el riesgo de perder el excedente, a menos que se reforme el decreto 1-2013  

Si cambió la redacción del artículo 5, debió rectificarse la del 6. Pero, eso no sucedió. En este quedó la redacción como si la rebaja fuera nada más para el presente año. De forma tal que, quienes pagaron el impuesto antes de la reducción, corren el riesgo de perder el 50 por ciento que pagaron de más, a no ser que en 2014 se reforme el Decreto 1-2013. Lo que deberían hacer los legisladores para no recibir más protestas por la injusticia.

Para comprender mejor este problema es menester transcribir la parte conducente del  articulo 6 del Decreto 1-2013: «Los contribuyentes que hubieren hecho efectivo el pago del impuesto sobre circulación correspondiente a vehículos terrestres durante el año 2013, con anterioridad a la vigencia de la reducción que por medio del presente Decreto se establece, tendrán derecho a gozar de la reducción del cincuenta por ciento (50%) sobre el monto del impuesto determinado para el año 2014, de vehículos terrestres, únicamente respecto de los vehículos cuyo impuesto de circulación se hubiere pagado antes de la reducción que se decreta.

El artículo indica que, los que habían pagado con anterioridad a la ley gozarán del 50% de la rebaja el próximo año. Pero, ¿cómo se recupera el 50% que se pagó de más por el impuesto de circulación de 2013, cuando el pago quedó definitivo salvo que se reforme la ley?

Sin duda, la emisión de leyes exprés son y seguirán siendo un problema para los contribuyentes. Lo peor del caso es que estos se traducen en pérdidas económicas. Para complicar el panorama, ahora se han presentado reformas a las leyes tributarias y a la iniciativa de Ley 4701, que contiene 27 artículos que modificarán el Código Tributario, la Ley de Actualización Tributaria y la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial Para Protocolos.

La Falta de claridad en las leyes no permite una aplicación correcta, y  esto podría generar pérdida de las empresas. 

Leyes nuevas, inconsistentes y faltas de claridad; acciones de inconstitucionalidad y proyecto de reformas  que se manejan con hermetismo, porque a la fecha el Congreso no ha subido información a la página de Internet, presentan un nebuloso panorama en las reglas del juego.

Óscar Chile Monroy
Consultor en impuestos y defensa fiscal
Socio de MGI CHILE MONROY Y ASOCIADOS
Auditors & Tax Consultants

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